domingo, 23 de noviembre de 2008

LA MUJER EN LA MODERNIZACIÓN.


La esposa ideal en esta época es una mujer sumisa, callada, obediente, económica, madre y esposa que solo debía ocuparse de su hogar. Su única responsabilidad se encontraba en el ámbito de su casa, en la práctica de los que haceres domésticos: cocinar, lavar, limpiar la casa, coser, criar a sus hijos y atender a su esposo. Se consideraba que la mujer sin dedal era una mujer horrible; el dedal era el símbolo de los deberes de la mujer y por lo tanto muestra que ella se debe solo a su familia, el ámbito de acción es dentro de la casa.

La buena esposa obedece a su marido. No importa que no sepa francés siempre y cuando sepa español y obedezca a su esposo.

Debe saber cocinar y remendar en lugar de decir poesías o hablar bien.

En resumen la buena mujer es cristiana y trabajadora.

Las amigas recomendables deben ser también casadas y obedientes; no convienen las solteras. Como cualidades se resaltan los sentimientos religiosos, lenguaje decente, modales delicados, humildes, etc.

No convienen las mundanas, ni las presumidas, ni las amigas del lujo.

jueves, 20 de noviembre de 2008

CÓDIGO RURAL.

Fue fundamental para afirmar las transformaciones que se estaba produciendo en el medio rural.
L.Latorre.

Fue redactado por la Asociación Rural del Uruguay (ARU); entró en vigencia en 1875 pero fue durante el gobierno de Latorre que realmente se puso en práctica.

Aseguraba la propiedad sobre la tierra através de medidas que establecían el deslinde de los campos, amojonamiento, la tramitación del titulo de propiedad ante escribano público y facilidades para el alambramiento. El proceso de alambramiento de los campos adquirió un ritmo vertiginoso a partir de 1876. Con este sistema se podía transformar la estancia tradicional o cimarrona en estancia empresa.

Además de afirmar la propiedad sobre la tierra, se ahorraba mano de obra, se evitaban robos y fugas de ganado, se favorecía el mestizaje y se garantizaba la inversión.

En 1879 el Código Rural impuso la obligatoriedad del alambramiento, estableciendo la medianería forzosa, es decir el derecho que tenia el estanciero que alambraba de cobrar a su vecino lindero la mitad del costo del alambrado.


Las consecuencias fueron múltiples, en lo económico se favoreció el mestizaje de ganado aumentando su productividad y mejorando la alimentación del mismo, se redujeron los gastos en las estancias al disminuir el número de peones necesarios y se impidió la utilización de los campos por ganados de los llamados “ganado de nombre” (poseían ganado pero no campos propios para mantenerlo); en la sociedad se benefició a los grandes hacendados eliminando a pequeños propietarios que no podían, pagar la medianería ni tramitar el título de sus tierras.

Fue un factor de afirmación del latifundio.

Se acentuó la desocupación llamada “tecnológica” ya que algunas de las tareas de os peones fueron suplidas por el alambre.

A medida que avanzaba el cercamiento, peones, agregados y puesteros iban quedando fuera de las estancias y poblando rancheríos (“pueblos de ratas”) y suburbios en los pueblos del interior.

Una de las facilidades para el alumbramiento fue liberar de impuestos la importación de alambre y postes de ñandubay.

El Código también aseguró la propiedad sobre el ganado a través de la utilización de marcas y señales que individualizaran el ganado de cada propietario (marcas para el ganado vacuno y señales para el ganado ovino). También se exigieron guías para comercializar el ganado y se establecieron penas mas duras para el delito de abigeato (robo de ganado). El artículo 637 del Código Rural establecía que el que cometiera el delito de abigeato sería penado con prisión y trabajos públicos por el término de tres meses hasta dos años, según la gravedad del caso. Si se cometía con animales de raza especiales (europeas) la pena podía llevarse hasta tres años de prisión y trabajos públicos.

También el Código buscó asegurar el orden a través de disposiciones sobre policía privada, reglamentación de pulperías y trabajos de los peones.

lunes, 17 de noviembre de 2008

Modernización.




A mediados del siglo XIX se comenzó a desarrollar en el país un conjunto de profundas transformaciones que permitieron adecuar el Estado y la sociedad a las nuevas realidades y a las crecientes demandas de un mundo industrializado en expansión, proceso que llevó a la progresiva modernización del Uruguay. También fue un período en el que se ejerció una actividad sin límites, en la que no se mantuvieron garantías ni
formas constitucionales para los derechos fundamentales del hombre: la vida y la libertad, en la etapa del militarismo.
La modernización del período militarista buscó transformar tres grandes áreas: el agro, el Estado y la educación.
En el agro el alambramiento de los campos y el código rural tendieron a consolidar la propiedad privada de la tierra y el ganado incorporando nuevas formas de producción.
En cuanto a rol del Estado éste se organizó como una entidad fuerte y eficiente ligado a la Constitución de obras públicas y al fomento de la actividad privada. El gobierno de Latorre impuso el principio de autoridad del Estado por métodos expeditivos.
El ejército apoyó a la policía y así el abigeato, “matrerismo” y la vagancia fueron duramente perseguidos. Para ello contó con elementos fundamentales como los fusibles remington y mauser, el ferrocarril, el telégrafo y el correo. Los fusiles remington y mauser tenían mayor alcance de rapidez comparados con el armamento tradicional y un valor que los ponía fuera de las posibilidades de compra de los particulares transformándose en un recurso exclusivo del Estado. El ferrocarril tuvo un gran desarrollo. Hacia 1980 había 287 km de vías férreas aumentando su tendido progresivamente hasta unir los puntos más alejados del territorio. En 1886 se inauguró un puente fundamental para la unificación del territorio: el puente sobre el río Negro. El telégrafo aseguró un medio de comunicación muy ágil para transmitir información de y hacia Montevideo desde los lugares más lejanos de la República.
Se utilizó diariamente para enviar órdenes y hacer cumplir disposiciones del gobierno. El correo fue estatizado creándose la dirección y administración general de correos, con mas de doscientas agencias en todo el país.
Los resultados de estas transformaciones fueron de tal magnitud que el presidente de la ARU Domingo Ordoñiana afirmaba en 1877: “va siendo habitable la campaña…”.
En materia de justicia durante la época de Latorre se establecieron juzgados letrados departamentales, se promulgaron el código de procedimiento civil, el de instrucción criminal y el Código Rural; se creó el registro de embargos e interdicciones judiciales y se sustituyeron los alcaldes ordinarios por jueces letrados.
Paralelamente se fueron ampliando las funciones del Estado. Se registró un gran avance en materia de secularización es decir en un proceso de control y desempleo de funciones que tradicionalmente llevaba a cabo la Iglesia.
En 1879 Latorre creó el registro civil organismo encargado de registrar nacimientos, de funciones, matrimonios, reconocimientos y legitimaciones.
En 1885 se aprobó la ley de matrimonio civil obligatorio que solo reconocía como legítimo el matrimonio celebrado ante la ley. En el mismo año nacía la ley de conventos que ejercía la autorización del poder Ejecutivo para la creación de conventos. Se crearon nuevos departamentos: Río Negro (1880), Rocha (1884), Rivera. Artigas, Treinta y Tres Y Flores (1885). Con el objetivo de disminuir las dimensiones temporales de los departamentos mejorando así su gobierno y adminisración.